En una reubicación, pueden cambiarme de contrato indefinido a contrato de formación?
La empresa en la que estoy dada de alta se va a extinguir. Me han dicho que me reubicarían en otra empresa (tienen muchos grupos de empresas como por ejemplo la empresa que se extingue) y que yo podría elegir el departamento en el que más encaje. Yo ahora tengo un contrato indefinido, pero en la empresa en la que me reubicarían el 90% de la gente tiene un contrato en formación, salvo el tutor de la empresa. Necesito saber si ellos tienen la obligación de reubicarme con la modalidad de contrato que tenía (indefinido) o si pese a que no empeore en ninguna otra condición y todo se mantenga relativamente igual, ellos pueden cambiarme la modalidad de contrato a uno de formación. Supongo que sí se tienen que mantener las mismas condiciones con una reubicación, el tipo de contrato y más siendo indefinido también. Y si no, creo que me deberían indemnizar. Por otro lado, no sé si pese a que en el caso de que me reubiquen con un contrato indefinido, yo me puedo negar a la reubicación por motivos personales. Por otro lado, entiendo que la antigüedad me la tendrían que mantener aunque me hagan otro contrato y necesito saber cómo puedo saber que eso lo respetaran y no sólo lo dirán de boquilla.