Expediente de condominio. Se puede extinguir y dar valor gratuito. Ceder a valor cero a la otra parte que es mi hermana.

¿Ya qué cobro pensión no contributiva para que no me afecte?

Respuesta
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Eso es una donación, Casiopea. Usted dona el 50% a su hermana, que consolida el 100% del dominio, y no recibe nada a cambio (porque para eso es una donación). No se trataría por tanto de una extinción de condominio sino de todo lo contrario, de una consolidación.

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