¿Qué ventajas fiscales tiene una donación en vida?

Mis padres quieren que la vivienda donde viven ponerla a mi nombre, su hija única. ¿Esto se puede hacer? ¿Si es así que ventajas fiscales o qué tasas habrá que pagar? ¿Se hace mediante notario?

Si me podéis ayudar os lo agradecería

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Las donaciones se hacen todas en vida, porque es indispensable que ambas partes, donante y donatario, firmen la transmisión y la aceptación si se trata de un inmueble. Aquellas donaciones que se hacen a los herederos legítimos participan de las normas de la herencia. Si usted sobrevive a sus padres tendrá que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales de acuerdo con las normas de su comunidad autónoma, pues es un impuesto transferido. En algunas (Andalucía, Asturias), más que un impuesto es un atraco. Pero si la vivienda está en una comunidad más moderada, puede echar sus cuentas de otra manera. En todo caso, ha de preguntar en la consejería de hacienda de su comunidad autónoma.

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