Quiero irme de mi trabajo y no se como...

Soy nueva en esto y espero que podáis ayudarme, os lo agradecería muchísimo.

Yo entre en febrero del 2010 como recepcionista y en octubre de ese mismo año, me cambiaron al departamento de logística (sin preguntarme ni nada). A día de hoy, despues de 7 años, en mi nomina sigo apareciendo como recepcionista.

Hace dos año tuve que cogerme la baja por depresion ya que tuve muchos problemas con mi jefa. Llego un momento que me hacía cargo de los dos puestos de trabajo y empecé a perder mucho peso, a no dormir, no quería salir de casa e iba todos los días al trabajo llorando entre otras cosas... Después de dos meses de baja, volví y la situación cambio un poco. Solicitamos la incorporación de una persona al departamento debido al alto volumen de trabajo pero a día de hoy no han contratado a nadie.

La semana pasada me dieron dos ataques de ansiedad debido a la presión y el estrés y me han vuelto a dar la baja, esta vez por ansiedad. ¿No se considera enfermedad laboral? La baja me la han dado por enfermedad común...

Me gustaría irme de la empresa porque no estoy nada bien. ¿Qué tendría que hacer y que me correspondería?

1 respuesta

Respuesta
1

Ante todo decirte que siento lo que estas pasando, nadie es consciente de lo mal que se pasa con ansiedad, solo quien lo pasa.

Y ahora tirón de orejas, dejáis pasar demasiado tiempo para preguntar. Lo primero era haber acudido a la mutua, y que ellos te valorarán, y te dieran la baja laboral, si no lo hacen, acudes a la ss. Ss y denuncias, sin miedo, si lo estas pasando mal ¿ ya que mas te da?.

Si llevas tiempo ejerciendo de un cargo superior a lo pactado en tu contrato, podías haber denunciado por lo social, a tenor de lo dispuesto en el Articulo 39 del Estatuto de los Trabajadores "Disponibilidad funcional" que dice :

En el caso de encomienda de funciones superiores a las del grupo profesional por un periodo superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso

Aún estas a tiempo si lo deseas.

Si quieres dejar el trabajo, pero no con las manos vacías, acógete al Articulo 50 del ET :

Extinción por voluntad del trabajador.

a) Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.

2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

Si vas a dar el paso, te recomiendo leas este articulo de mi blog :

https://actua-asociacionaed.blogspot.com.es/2017/08/derecho-asistencia-juridica-gratuita-en.html 

Y cualquier duda me preguntas.

Hola Mario!

Muchas gracias por tus palabras, se agradece que haya gente que te entienda. La mayoría de la gente piensa que es cuento y en cuanto te ven por la calle simplemente de camino a por el pan del día ya sueltan el típico comentario....no estará tan mal si esta por la calle...pero bueno, que voy del tema jejeje.

Cuando me dio el segundo ataque de ansiedad, no pensamos en ir a la MAZ, sino en ir al médico de cabecera que estaba mucho más cerca...hasta de los errores se aprende y lo tendré en cuenta si me vuelve a suceder.

Este viernes tengo cita con la médico de cabecera y quiero hablar con ella el tema de que la baja sea comun/laboral ya que creo que es claramente una baja laboral ¿estoy equivocada?

Hoy me han llamado de la MAZ para preguntarme porque había cogido la baja..ha sido una llamada muy breve y simplemente me han dicho que si necesitan algo me volverán a llamar.

También me han llamado del trabajo para preguntarme cuando iba a volver, pero les he dicho que no lo sabía...

Respecto a lo de ejercer un cargo superior durante más de 6 años lo voy a reclamar si vuelvo y espero que accedan si no los denunciare por lo social.

Me preocupa irme y quedarme sin finiquito ni paro ¿qué podría hacer al respecto?

Muchas gracias por tu ayuda!

Espero tu respuesta :)

Supongo que tu medico de familia, estará al tanto de lo que te motiva la ansiedad, supongo que te habrá enviado al especialista, o debería, el cual también está informado o lo estará si te manda. Ambos deben certificar que la causa es el trabajo, por lo que te deberían derivar a la mutua como enfermedad laboral, ya son ellos los que deben dar ese paso.

De momento deja parado lo de irte, no estas en la mejor situación anímica para afrontar eso. Relájate e intenta superar el bloqueo mental que te provoca la ansiedad.

Cuando te encuentres mejor, intenta plantar cara en el trabajo, ya que te planteas dejarlo ¿qué te puede pasar si te enfrentas, que te echen? Pues mas fácil te lo ponen en tema de indemnización.

Para dejar el trabajo y que te pertenezca indemnización y desempleo, te debes acoger al articulo 50 del Estatuto de los Trabajadores :

Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.

1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:

a) Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.

b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.

c) Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.

2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

Si llegaras a la situación de dar el paso, primero pásate por aquí y pregunta.

Un saludo y que te mejores, y cualquier duda ya sabes.

¡Gracias! Lo voy a mirar detenidamente y te comento. Mil gracias de verdad

Hola Mario, he vuelto al trabajo y me surgue una duda...

Me piden que continúe realizando unos registros que distribuyo a toda la compañía, pero que sea otra persona quien los distribuya y los haga constar como realizados por ella. ¿Es legal? ¿Me puedo negar a realizarlos y exigir que los realice la persona que los va a distribuir?

Muchas gracias por tu ayuda por adelantado.

Quedo a la espera de tu respuesta.

Saludos,

Elizabeth Zapata

Está claro que te quieren encomendar otras funciones, superior a tu categoría reconocida, y que las firme otra persona para que no haya constancia y no puedas reclamar, como te dije anteriormente, tu categoría por modificación sustancial de tus funciones. Negarte te puedes negar, pero tu sabrás las consecuencias que ello te puede traer, en cada trabajo tienen su formula para hacerte sentir mal, debes sopesarlo. Ante estas cosas lo mejor es demandar, al fin y al cabo, te mirarán mal tanto si te niegas como si demandas.

¿Se consideraría modificación sustancial? A mí lo que me sienta mal es que yo me pegue la currada de elaborar el documento y luego sea otra persona quien distribuya el documento como suyo propio...

Perdona he estado fuera. Pues si que se considera modificación sustancial, te están haciendo hacer un trabajo, que si firma otra persona, es que corresponde a esa otra persona.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas