Pronto voy a jubilarme y tengo embargo de nómina por un préstamo.

Me gustaría saber cuando me jubile: ¿Tienen qué reclamarlo de nuevo? O bien, pasa el embargo automáticamente a la Seguridad Social.

Respuesta
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El embargo no se traspasa automáticamente. Tus acreedores tendrán que solicitar judicialmente que se te efectúe el embargo sobre tu pensión.

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