Tengo residencia en España y por razones personales he tenido que estar por dos años fuera, tendré problemas para entrar al país

Necesito de su asesoría la cual es muy importante para mi. Por motivos personales tuve que ausentarme de España, tengo la residencia por régimen comunitario, soy pareja de hecho de un español desde el 2012, en enero 2018 cumplo mi primera renovación. Tuve que viajar motivado a un problema de salud de mi madre y estando en Venezuela el tema político me perjudicó enormemente mi retorno. Ya que estado allá se me venció el pasaporte y su renovación fue todo un proceso debido a la corrupción que había en el proceso, posteriormente mi hijo también se le venció el pasaporte y aún me mantengo esperando en mi país para que me lo entreguen, esto sin contar los problemas en los entes públicos encargados de gestionar nuestras peticiones, debido a las protestas, debido a muchas variantes que todavía me mantienen en el país. El caso es que una vez me sea entregado el pasaporte de mi hijo, debo volver con mi pareja que vive en España. Mi miedo es si en inmigración tendré problemas para pasar como residente, debo realizar alguna gestión para evitar algún inconveniente en el aeropuerto, nuestros pasaporte estaría sin los sellos de salida en vista de que estarán renovados. Podrían indicarme qué debo hacer

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I. Hola Adriana, yo no sé la respuesta pero creo haber visto la información que busca. Al parecer el plazo máximo común/reglamentario ("residencia temporal"), tiene una duración precisamente de dos años.

https://www.parainmigrantes.info/como-contar-el-tiempo-fuera-de-espana-para-perder-la-tarjeta-de-residencia-219/ 

https://www.machelindiaz.com/que-tiempo-puedo-estar-fuera-de-espana-sin-%c2%a8perder-los-papeles%c2%a8/ 

**Tiempo máximo fuera de España con Tarjeta Comunitaria .- Vicente Marín, Abogado experto en Derecho de Extranjería, te explica cual es el plazo máximo que un extranjero con tarjeta de residencia de familiar de comunitario puede permanecer fuera de España. La primera tarjeta comunitaria es de 5 años, pero eso no quiere decir que se trate de una tarjeta de larga duración o permanente, sino que se trata de una tarjeta “temporal”. De esta forma se le aplica el plazo máximo de 6 meses en el periodo de un año como máximo que se puede permanecer fuera de España sin que la misma sea extinguida. La residencia comunitaria permanente permite un máximo de dos años fuera de España.**

https://www.youtube.com/watch?v=MWXPg4Ht4Gc

Imagino que podría acudir a la embajada de España en Venezuela y consultar allí las dudas principales, estas son las señas:

**Dirección: Edificio Bancaracas, Piso 7, Transversal 2, Caracas, Miranda, Venezuela

Horario: 8:00–12:30

Teléfono: 212-2660222**

Mucho ánimo.

¡Gracias! son muy amables...intentaré ir hasta Caracas y buscar asesoría en la embajada de España. Me encuentro en otra ciudad llamada Valencia.

Agradecida,

Saludos!!!

Adriana 

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