Tributación concesión panteón en sucesiones

Mi tía falleció hace unos meses dejando como herederos en su testamento a sus tres hermanos a partes iguales; entre sus bienes y derechos consta la concesión de un panteón por 75 años valorado en 5.000 €. Teniendo en cuenta que según el reglamento municipal de cementerios si el testador hubiese dispuesto la herencia a favor de varios herederos, se deferirá al que entre ellos se designe por mayoría de participación en la herencia y, en caso de empate decidirá el derecho de voto del de mayor edad; es decir, que solo uno podrá ser titular del derecho funerario. Tengo varias preguntas:

1ª ¿hay qué incluir el valor de la concesión del panteón en el inventario de bienes que hay que realizar para la liquidación del impuesto de sucesiones?, ¿En qué apartado?

2ª en caso de que la respuesta sea afirmativa ¿quién tiene que pagar la parte del impuesto de sucesiones correspondiente a dicho derecho funerario, los tres a partes iguales o solamente el heredero que se designe como titular?

1 Respuesta

Respuesta

En nuestra opinión, se trata de un derecho real y como tal deber incluirse en la adjudicación de la herencia, y en el impuesto de sucesiones.

Entendemos que puede tratarse de una mejora a la persona que se adjudica el bien y como tal habría que compensar.

Teniendo en cuenta que la concesión del panteón no aparece en la escritura de reparto de herencia pero sí han tributado en el impuesto de sucesiones por él los tres a partes iguales ¿que hay que hacer para que los otros obtengan su compresación?

Gracias

En la liquidación del impuesto, deben aparecer los bienes de alguna forma en el calculo, pero también deberían figurar en la escritura. Si no cuadra los bienes declarados en la escritura con la liquidación del impuesto, pueden tener una inspección...

En la propia escritura de aceptación de la herencia es donde se compensa al resto... normalmente en metálico, conforme a la valoración del derecho real.

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y la forma de solucionar esta cuestión, normalmente con una escritura de adición a la adjudicación de la herencia.

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