¿Si has trabajado en régimen general y al siguiente día de acabar te das de alta en autónomo tienes derecho a cobrar el paro?
Estuve trabajando en una empresa en régimen general y acabé el 31/05/2016 y el 01/06/2016 me di de alta de autónomo hasta ahora... Me di de baja de autónomo por que ya no tengo trabajo y me he ido al inem y me dicen que no me pueden dar el paro por que yo no me inscribí al paro y que para poder solicitar el paro tengo que darme de alta un día o dos en régimen general...
Yo no he estado ni un día sin trabajar y no entiendo que me digan eso y me gustaría a ver si me aclaráis si es así.. O si yo puedo irme con la notificación de fin de contrato de mayo.
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Respuesta de Salvador Fernandez