Las edificaciones, por Ley, tienen unas garantías obligatorias:
- 1 año para defectos estéticos o de acabados, que no afectan a la habitabilidad, como podrían ser pintura mal acabada, desprendimiento de azulejos, etc.
- 3 años para defectos que afectan a la habitabilidad, como filtraciones, por ejemplo.
- 10 años para defectos estructurales graves, que afectan a la estabilidad y que pueden provocar la ruina
Para cubrir esas responsabilidades, se obliga a contratar el seguro decenal, que garantiza las coberturas correspondientes aunque llegaran a desaparecer los responsables (técnicos, promotor, constructor, ...).
Los responsables de la obra no pueden desentenderse de sus responsabilidades.
Ahora bien, necesita usted tener una valoración de los defectos que hay en su casa, así como determinar su origen o causa. Deberá disponer de un informe pericial. Para ello, primeramente podría tratar de acudir a su seguro del hogar. Aunque lógicamente no se harán cargo de nada, sí le enviarán a un perito que valorará los daños. Con el informe, puede presionar a los responsables. Si con eso no basta, lo mejor sería conseguir un informe pericial de un perito judicial (puede ponerse en contacto con el Colegio de Arquitectos de su provincia, porque suelen ofrecer los servicios de colegiados a través de bolsas de trabajo). Si se demuestra que existe responsabilidad por parte de los responsables de la obra, podrá iniciar la reclamación legal.
Desde la distancia es difícil valorar la gravedad de los daños que usted describe, que, por supuesto, para usted serán de gran importancia. Pero le adelanto que puede llegar a ser complicado que alguien se haga cargo de unos movimientos de asentamiento en el porche de su casa, si no afectan a la estructura del edificio.