Mil dudas, no cuadro algunas cosas para tenerlas claras
Comunidad constituida desde hace años, ascensor instalado sin funcionar desde hace 8 años porque el promotor no había solicitado la cédula de habitabilidad. Hoy día ya la tenemos, la comunidad habla con la empresa para dar de alta el servicio del ascensor, ya tenemos línea telefónica y luz, pero nos dicen que el ascensor no cumple la normativa actual. Entendemos que el promotor en el momento de la cédula debe entregar certificados y demás permisos de dicho ascensor para ponerlo en marcha, ahora le exigimos esto y que pague lo que haga falta para que nosotros podamos contratar. ¿Es necesario votar esto en jutna para emprender acciones legales contra el promotor?, o por ser un servicio del edificio ofrecido en los compra-¿Ventas se puede actuar contra él sin votaciones ni mayorias?
El presidente hacía de administrador de forma voluntaria, pero ahora ha dimitido, por lo que que habrá que que contratar un administrador... Es necesario que se acepte en junta, o por el contrario el presidente puede buscar una empresa que se encargue de ese servicio aunque los propietarios no se pongan de acuerdo.
Si las votaciones son por ejemplo el día 30 de noviembre, y todos han pagado octubre, ¿pero algunos no han efectuado el pago de noviembre,,, pueden votar? O hay un periodo del mes especificado por ley para que las personas paguen la cuota del mes y si no se considera pendiente.