Dudas sobre el derecho a exención ganancia patrimonial
Voy a describirles mi caso
He vendido en noviembre de 2017 una casa en la que llevaba viviendo algo más que 1 año, con lo que no era considerada vivienda habitual, y ahora, voy a comprar otra casa más grande (ya estoy en fase de la firma de la hipoteca)
En principio, no tengo derecho a la excepción, pero tengo las siguientes dudas.
En la orden en la se describen los derechos para optar a dicha excepción se habla de que aunque no sea vivienda habitual, se puede acceder a ella, en el caso de matrimonio u otras causas justificadas que hagan que el cambio de vivienda sea necesario.
Mi pareja está embarazada y la casa que he vendido era un dúplex de 40 metros cuadrados en la cual es difícil estar con un bebé, debido al espacio que se tiene. ¿Esto podría ser considerada cómo una causa justificada?
Por otra parte, estamos pensando en casarnos en 2018, pero en la fecha en la que vendí el piso y cuando compré el otro no lo estoy. ¿Es necesario estar casado en el momento en qué se produzca la compraventa o puede ser después para poder tener la excención?.
En el caso de que alguna de las 2 respuestas a las preguntas anteriores fuera positiva, ¿qué pasos hay que seguir?