¿Requisitos para ejercer como Mediador de Conflictos?

Desearía saber qué requisitos y trámites légales hay que realizar para ejercer de Mediador de Conflictos.

Entre otra, mi formación es Graduado en Criminología y Master en Análisis y Resolución de Conflictos.

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Conforme al art. 11 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

1. Pueden ser mediadores las personas naturales que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles, siempre que no se lo impida la legislación a la que puedan estar sometidos en el ejercicio de su profesión.

Las personas jurídicas que se dediquen a la mediación, sean sociedades profesionales o cualquier otra prevista por el ordenamiento jurídico, deberán designar para su ejercicio a una persona natural que reúna los requisitos previstos en esta Ley.

2. El mediador deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional.

3. El mediador deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga.

¡Gracias! 

Muchas gracias por su respuesta y como ya se acercan las fechas desearle

Unas FELICES FIESTAS

Un saludo

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