Base para el pago del ITP

Porque acabamos de comprar un piso escriturado el 39.000 euros y por tanto teniamos previsto pagar el ITP de ese importe. Pero el chico de la inmobiliaria nos dice que en hacienda el piso está valorado en 77.000 euros y que por tanto si lo hacemos como queremos podemos tener problemas, ¿qué opináis?

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La base de ITP es el valor de mercado del bien. Hacienda utiliza metodos de comprobación de valores, cuando el valor declarado difiere mucho del valor que ella supone. Esto es así para evitar pagos opacos, si el valor real es el que ha pagado y puede aportar una tasación inmobiliaria así como protocolizar en la escritura fotografías del inmueble, y en ellas se ve un deterioro, como suelo para cambiar, cocina muy vieja, mal estado de la pintura, etc, y por si acaso alguna oferta más de internet o inmobiliaria de pisos similares a precios también parecidos, es posible que la administración vea que está informado y que si tiene que recurrir lo hará, lo que no puede la administración es aplicar unos precios medios sin considerar siquiera el estado del inmueble. Recientes sentencias dan la razón al contribuyente si dispone de pruebas como las que le he sugerido, este tema es uno de los más conflictivos judicialmente, lo que no se puede hacer es no aportar nada en la escritura porque en ese caso como le ha indicado la inmobiliaria el requerimiento està cantado.

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