Demanda contra la Seguridad Social sin abogado

Os comento. Voy a presentar una demanda contra la Seguridad Social por denegarme una prestación (por hijo a cargo). A pesar de tener derecho a la justicia gratuita, motivos personales me han obligado a ausentarme de mi comunidad, por lo que ya no me da tiempo a solicitarla.. Precisamente por eso me urge vuestra ayuda, ya que el plazo para presentarla se termina en unos días, y con el tiempo invertido para argumentar mi pretensión, visitas al INSS... Me da mucha rabia no continuar

Mi duda principal se basa en que me encuentro con dos hechos diferenciados y no sé como plantearlos en la demanda.

Por una parte, existe un incumplimiento total de plazos. Durante el plazo de subsanación de documentación ( entregué un convenio notarial en vez de judicial) se me notifica la resolución de archivo por desistimiento. A la hora de entregar mi escrito de subsanación, que venía a argumentar por encima por qué consideraba válido el notarial ( lo gordo lo dejaba para la reclamación previa) les comento el error, comprueban el acuse de recibo y se dan cuenta que, efectivamente, se archivó indebidamente. Pues al final, ese escrito se consideró como reclamación previa al archivo, alegando incumplimiento de plazos y sin dar ningún fundamento jurídico sobre la necesidad imperiosa de que sea judicial. Vamos, que no sé si es instrucción general de Madrid, si en otras oficinas lo aceptan y es criterio del que suscribe las notificaciones, en qué artículo viene reflejado ese requisito... Acudo a la oficina, hablo con el firmante de los tres escritos, me dice que convenio judicial por qué si, y que el plazo estaba CASI terminado! Era el cuarto día de diez, pero bueno, ante este argumento... Presento reclamación previa al archivo, a la que aún no me ha contestado, claro

Por otra parte, está la argumentación sobre la validez del convenio notarial ( si alguien quiere ayudarme en eso...) El padre y yo no hemos estado casados ni registrados como pareja de hecho, por tanto ni siquiera hay presunción de convivencia; he presentado justificantes bancarios del pago de pensión de alimentos del último año (no es un paripé), el otro progenitor reside en otro municipio, dan por hecho que no cumplo con mis deberes reflejados en el Código Civil para con los hijos ( que esté a mi cargo, como deber inherente a la patria potestad), el padre no ha solicitado la misma prestación, no me dan fundamento jurídico ninguno, el SEPE lo admite sin problema alguno, la carga de la prueba la tengo yo,...

Y mi duda principal... Si demando únicamente por los plazos me reconocerán la prestación por nulidad de las actuaciones de la Administración? ¿Volvería al momento de la subsanación y vuelta a empezar? Entiendo que lo mejor sería tratar los dos temas, ¿pero es posible hacerlo en dos demandas diferenciadas? ¿Sería mejor o peor? Y si alego ambas cosas, ¿cómo hago la súplica?

Acepto también cualquier consejo a la hora de redactar la demanda, no es algo que haga todos los días!

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Respuesta

Olvídese de demanda ninguna, y menos por asuntos de plazos o reposición de las actuaciones al punto de nulidad, y de andar bregando en los Juzgados como si de un profesional se tratase. Y mucho menos para al final conseguir, como máximo, que le repongan las actuaciones tal y como estaban. Organice su documentación y vuelva a formular la petición a la Administración, con otros criterios más eficientes y teniendo claro qué quiere y por qué. Si le han denegado una prestación, conforme la petición tal de la forma necesaria para que se la acepten; no se obstine en una vía extenuante y fútil, que lo único que le llevará es tiempo y nervios para que dentro de cuatro años le confirmen la resolución de la seguridad social. Acéptelo como un muy sólido y experimentado consejo.

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