¡Gracias! Estoy de acuerdo, las interpretaciones son traicioneras, en las escrituras nos incluyeron las normas o estatutos de la comunidad y pone: se permiten estructuras desmontables que no superen los 2,5mh y no estén ancladas a fachada, los bajos son de uso y disfrute exclusivo del propietario y la única obligación del mismo es devolver cualquier objeto que pueda caer dentro de la propiedad como un calcetín por ejemplo.
Ya que el ayuntamiento del municipio no tiene ninguna normativa al respecto y mandan los estatutos de la comunidad, que cada quien lo entendemos o interpretamos de la manera que más nos conviene personalmente, me da a mi,
bueno nose si llegaremos a buen puerto, espero que sí, son 2 votos en contra y 10 a favor, me gustaría llegar a la unanimidad para estar todos conformes, en mi caso personal seguiré con una sombrilla en verano y sin usarlo en invierno, aunque el próximo lunes 29 de enero tenemos la reunión igual hay suerte y te invito a un café debajo de la pergola porque lo han aprobado jajaja ;)
Aunque no me haré ilusiones porque lo que les molesta a los 2 votos en contra no es, en sí, la estructura, sino el colocarlo cerca a la fachada, sus argumentos son: que les facilitamos a los ladrones la entrada a su casa desde la ventana y las cagadas de las palomas, personalmente, me parecen chiquilladas, porque soy la primera interesada en no tener palomas ni excrementos ya que el uso que le voy a dar a la pergola es para comer y los ladrones si entran a mi casa es más fácil que roben en mi casa que no en la suya, en resumen chiquilladas, pero es suficiente para no tener la unanimidad, por eso mi obsesión por saber bien el tema de las legalidades al respecto ya que razonar lo he intentado y no parece que valla a suceder..... deseaba que hubiese alguna legalidad dentro de este tema a la que acogernos y adaptarnos.
No obstante muchísimas gracias por tus conocimientos muy amable !!!