Asesoramiento legal para pergola en el jardín

El edificio consta de 4 bajos, 4 entre-plantas y 4 duplex.

En los estatutos de la comunidad pone que el jardín es uso y disfrute del propietario del bajo y que se permiten los elementos siempre que sean estructuras desmontables, no modifiquen la fachada y no supere los 2,5m de altura. El jardín consta de 210m2 y tiene los primeros metros cercanos al edificio alicatado en el suelo y el resto hierba

Mi duda es; si se coloca una pergola de aluminio techada con panel sandwich de aluminio sobre la zona en la que hay cerámicas colocadas es legal aunque esté cercana a la pared? ¿Puede ser motivo de multa o denuncia por parte del ayuntamiento? ¿Y por parte de los vecinos? ¿Si se cumplen los estatutos y los vecinos no estamos de acuerdo tenemos algo que decir? ¿

Respuesta
1

El hecho de que esté cerca o lejos de la pared no es lo que determina si es "legal" o no. Lo es si es desmontable o fijo. Fijo se considera cualquier elemento de obra o, si no es si obra, que vaya anclado a paredes o suelo. Tal como describe la pérgola, es probable que vaya anclada al suelo, como mínimo, con lo que no estaría permitida.

Muchas gracias,

me surge otra duda, por lo que me han comentado unos tornillos en el suelo no quiere decir fijo porque de desatornilla, es correcto?¿

y respecto al hecho de cerca o lejos lo comento porque las pegas por parte del resto de vecinos es por ese hecho, si es la misma estructura pero lejos de la fachada no les parece mal, el caso es que los bajos tenemos enchapada la parte cercana al edificio y yo no veo el sentido a poner la toalla para tomar el sol en la baldosa y el cenador o pergola en la hierba, ni yo ni ninguno de los bajos

y sé que la ley de propiedad horizontal es muy complicada porque estoy topando con ello, pero me parece tan absurdo lo que nos dicen.... 

Se os ocurre algo?¿

En principio, unos tornillos en el suelo sí quiere decir fijo. Por una parte, por estar sujeto, y por otra, por alterar el suelo. Si usted retirase la pérgola, la situación no quedaría tal como estaba antes de colocarla, al haber agujereado las baldosas.

Bueno gracias, mi petición es un asesoramiento legal para poder poner algo que adapte a lo comentado, si usted sabe algún modo de hacerlo y me lo traslada, se lo agradezco y sino gracias por las respuestas anteriores

Un saludo

Como le decía, lo habitual es que se permita poner algo que NO SEA FIJO (ni de obra, ni anclado a suelos o paredes). De todos modos, el redactado de sus Estatutos es ambiguo, porque "desmontable" puede ser cualquier cosa. Y ante algo ambiguo, caben interpretaciones. Por tanto, usted puede anclar algo al suelo argumentando que es desmontable y la Comunidad puede decidir demandarle, al considerar que ha alterado el suelo, perforándolo y que ha instalado un elemento fijo.

¡Gracias! Estoy de acuerdo, las interpretaciones son traicioneras, en las escrituras nos incluyeron las normas o estatutos de la comunidad y pone: se permiten estructuras desmontables que no superen los 2,5mh y no estén ancladas a fachada, los bajos son de uso y disfrute exclusivo del propietario y la única obligación del mismo es devolver cualquier objeto que pueda caer dentro de la propiedad como un calcetín por ejemplo.

Ya que el ayuntamiento del municipio no tiene ninguna normativa al respecto y mandan los estatutos de la comunidad, que cada quien lo entendemos o interpretamos de la manera que más nos conviene personalmente, me da a mi,

bueno nose si llegaremos a buen puerto, espero que sí, son 2 votos  en contra y 10 a favor, me gustaría llegar a la unanimidad para estar todos conformes, en mi caso personal seguiré con una sombrilla en verano y sin usarlo en invierno, aunque el próximo lunes 29 de enero tenemos la reunión igual hay suerte y te invito a un café debajo de la  pergola porque lo han aprobado jajaja ;) 

Aunque no me haré ilusiones porque lo que les molesta a los 2 votos en contra no es, en sí, la estructura, sino el colocarlo cerca a la fachada, sus argumentos son: que les facilitamos a los ladrones la entrada a su casa desde la ventana y las cagadas de las palomas, personalmente, me parecen chiquilladas, porque soy la primera interesada en no tener palomas ni excrementos ya que el uso que le voy a dar a la pergola es para comer y los ladrones si entran a mi casa es más fácil que roben en mi casa que no en la suya, en resumen chiquilladas,  pero es suficiente para no tener la unanimidad, por eso mi obsesión por saber bien el tema de las legalidades al respecto ya que razonar lo he intentado y no parece que valla a suceder..... deseaba que hubiese alguna legalidad dentro de este tema a la que acogernos y adaptarnos. 

No obstante muchísimas gracias por tus conocimientos muy amable !!!

El reparto de votos que usted comenta también les favorece. Teniendo 10/12 votos a favor, al menos no se les podrá acusar de alterar elementos comunes sin consentimiento (entiendo que las terrazas/jardines son comunes de uso privado). Para alterar elementos comunes necesitan una mayoría mínima de las 3/5 partes, que superan ampliamente. A lo sumo, podrían reprocharles que violan los Estatutos, al instalar elementos no desmontables o fijos. Pero por otra parte, los Estatutos especifican que no se pueden anclar a las paredes y ustedes fijan la pérgola al suelo. Si esto también debiera estar prohibido, lo podían haber indicado expresamente, de modo que podría suponerse que está permitido.

Y, finalmente, si esos vecinos disidentes quieren hacer algo en contra de las pérgolas, no tendrán el apoyo de la Comunidad, dado que son clara minoría. En consecuencia, se verían obligados a actuar a nivel personal, que siempre es más arriesgado y complicado.

muchísimas gracias, Si comunitario de uso privado, también añado que comunitario es solo para las quejas de 2 vecinos, de hecho existen muros de hormigón pintados de blanco y somos los bajos quienes nos encargamos del mantenimiento y pintamos una vez al año, tanto por el interior del muro como por el exterior para evitar costes a la comunidad, porque quitando a  2 , el resto de vecinos nos entendemos bien somos humildes y comprensivos, pero bueno eso ya es otro tema, 

he leído en otro caso, en el que usted ha dado respuesta de algo similar, que  la mujer habla de sujetar la pergola a unos maceteros hormigonados para evitar anclar al suelo la estructura de la pergola, de esta forma bajo mi punto de vista, cortamos por lo sano temas relacionados al deterioro de fachada  

sabemos que tenemos mayoría pero el coste de la pergola no es económico con lo que personalmente no quiero invertir un dinero a lo loco y me da miedo sobre todo por los argumentos sin sentido que nos aporta, esas quejas sin sentido alguno,  son las que me llevan a pensar que hay gente que tiene mucho tiempo libre, o se aburre y le da por denunciar por su cuenta y prefiero evitarlo, en mi caso particular, me paso en la oficina y en la ciudad, desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la noche que llego al municipio (un pueblo a 25km de la ciudad) de lunes a viernes ,  me niego a estar pendiente de dos vecinos y tener miedo a que me denuncien, por eso busco algo que se adapte a todos y en caso de que alguien quiera buscarle las vueltas no puedan. Lo bien hecho, bien hecho está.  y sino prefiero seguir con sombrilla 

Le mantendré informado con lo que nos suceda el lunes !

Muchísimas gracias por su profesionalidad  y atención 

Vecinos "puñeteros", por desgracia, hay en todas partes. Aún tienen suerte de que en su caso sean una clara minoría.

"(...) la mujer habla de sujetar la pérgola a unos maceteros hormigonados para evitar anclar al suelo la estructura de la pérgola (...)"

Yo les recomendaría precisamente algo parecido. Si no perforan las baldosas y pueden sujetarla con unos contrapesos, mucho mejor, tanto para poder argumentar que no es un elemento "anclado" a paredes o suelos, como para evitar tener que dañar el suelo de un elemento comunitario.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas