Derecho adquirido en trazado acometida de agua
En mi comunidad de vecinos hay desde los inicios (50 años) una acometida de agua que alimenta todo el edificio que pasa por el sótano de uno de los locales hasta el cuarto de los contadores.
La comunidad quiere cambiar todo este trazado por una instalacion nueva. Quería plantear estas 3 cuestiones en referencia a este escenario:
a) Se puede considerar, tras 50 años de actividad, que ese trazado es un derecho adquirido y el nuevo tubo en paralelo al actual, ¿si la comunidad así lo desea pase por el local?. En teoría se puede pasar por el vestíbulo hasta el cuarto, pero los vecinos no les gusta esta solucion.
¿Se puede negar el propietario del local?
b) Si el dueño del local acepta en que le pasen el tubo en paralelo, pero pongamos 5 años después se enfada con la comunidad, ¿y pide que lo quiten de ahí alegando que desconocía que pudieran pasarlo por el vestíbulo d ela finca? Si van a juicio entonces, ¿quién tiene todos los puntos de ganar?
c) El dueño del local, lo vende 10 años después y el comprador dice que ese tubo no lo quiere en su casa. ¿Puede obligar a la comunidad a quitarlo y pasarlo por zona comunitaria?