Ah, disculpe. Había entendido mal la primera frase de su exposición. En lugar de entender la administración como acción de administrar, pensaba que se refería usted a la administradora de fincas.
Ahora comprendo. Duda usted de la buena gestión del Presidente/Administrador. Mal asunto, sobretodo si esta persona tiene todo el apoyo de la Comunidad.
Usted está en su derecho, como comunero, a acceder a toda la documentación de la Comunidad. Esa documentación y cualquier información relacionada con la gestión es tan suya como de cualquier otro comunero. Por tanto, el Presidente/Administrador no se puede negar a proporcionársela. No es necesario un acuerdo de Junta para ello.
El problema es qué hacer en caso de que se niegue. Es posible que alegue argumentos legales para no hacerlo. Es frecuente que en estos casos, ya sea por mala fe o por ignorancia, se le diga a usted que no se le puede dar esa información para no incumplir la LOPD (protección de datos). Pero ese argumento no se sostiene. Consultar el extracto bancario de su propia Comunidad no sería una cesión de datos a terceros y la LOPD, además, deja siempre abierta la puerta al acceso a los datos mientras exista interés legítimo y proporcionalidad.
Pero si aún así se niega, me temo que sólo podrá obligarle por vía legal.