Silencio administrativo ¿Cuándo es positivo?

Tengo una duda sobre el silencio administrativo, un funcionario pide una segunda actividad amparándose en el convenio y aporta la documentación por enfermedad común el Ayto lo traslada a protección de riesgos, lo dan como apto con limitaciones, pasa un año y medio, el ayto no se pronuncia al respecto y le sigue mandando tareas que riesgos sensibles prohibió, cae de baja común, ¿Es silencio administrativo positivo? ¿Qué responsabilidad tiene la corporación?

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Eso no tiene que ver con la ley general de relaciones de la ciudadanía con la Administración (39/2015), sino con el estatuto funcionarial laboral. La ley general se aplica como supletoria de la ley especial, de forma que el régimen de silencio administrativo y la obligación de resolver por parte de la Administración solo aparecerá una vez haya consultado las correspondientes leyes de función pública.

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