Y después de RR de reposición desestimado por silencio, ¿Qué?
El 27-6-2016 interpuse un recurso de reposición contra una resolución sancionadora de una multa de la zona azul de la que creo que tengo razón, basándome, entre otros motivos, en que existe un defecto que invalida la propuesta de resolución, la propia resolución y que ha sido admitido en anteriores ocasiones por el Ayto de Gijón (notas de prensa así lo demuestran) dando lugar al archivo de actuaciones por parte de dicho Ayto.
Transcurrido el mes desde aquella interposición, no me fue notificada resolución expresa alguna al recurso de reposición.
El pasado 5-8-16 solicite el domento que acredita el silencio advo al órgano que debía dictar la resolución expresa al recurso de reposición.
Mi pregunta es; ¿Y ahora que? Es decir, se que tengo 6 meses para interponer un recurso ante el contencioso advo, ¿pero cuál es la otra alternativa? ¿No ponerlo? ¿Cuándo tendría que pagar la multa? ¿Con intereses desde cuando?
Creo que tengo razón pero las costas que me puede suponer el proceso contencioso advo me hacen replantearme acudir a este orden jurisdiccional por una multa de 90 eur ... En otras palabras, ser pobre y riesgo de perder hace que te replantees dar la razón a quien crees que no la tiene.
Grcs y slds