¿Contrato prorrogables que debo hacer?

Llevo 2 años trabajando para un supermercado y el primer año me hicieron un contrato de 6 meses y al terminar me hicieron una prorroga de otros 6 meses...
Después de eso me liquidaron me mandaron a casa a descansar 2 días y luego otra vez empecé con ellos... Otro contrato con otro nombre de empresa y9 de 6 meses y nuevamente me prorrogaron otros 6 meses más... Mi pregunta es; ¿Me tienen que liquidar otra vez? ¿O pueden hacer una prorroga de un contrato que ya es prorrogado? ¿Así no puedo optar a que me hagan contrato indefinido?

Respuesta
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El Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Artículo 3. Contrato eventual por circunstancias de la producción.

b) La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses pero los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán modificar indistintamente entre varias situaciones, la duración máxima del contrato.

En cualquier caso, los convenios colectivos señalados en el párrafo anterior no podrán establecer un período de referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes del período de referencia legal o convencionalmente establecido, es decir, y el contrato eventual por circunstancias de la producción.Podrá ser celebrado por un periodo máximo de 12 meses en plazo de 18 meses.

Jhon, ¿lo entiendes? ¿Tienes alguna duda más?.

La verdad creo que No lo entendí bien... lo siento... ¿quieres decir que me pueden hacer otra prorroga más del mismo contrato?

Empecé en febrero del 2017. A los 6 meses venció el contrato y me hicieron una prorroga de 6 meses más.. y ayer 9 de febrero se venció... y aun no he recibido ninguna información departe de la empresa sobre si me harán otra prorroga o me darán finiquito... y he trabajado hoy 10 de febrero sábado nuevamente...

Vale Jhon, este contrato sólo admite una prorroga, pero si demuestras ante un juez de lo social, que esas dos empresas eran subsidiarias y que encubrían una relación de dos años de trabajo, muy probablemente tal como dices te hagan trabajador indefinido. No esperes más de 20 días desde que se acabo el contrato para poder ejercer tus derechos. Consulta con cualquier graduado social o abogado experto en derecho laboral.

Me refiero a que tienes la posibilidad de demandar por despido, pues parece clara una sucesión de contratos con muy dudosa causa. Además, no tienes nada que perder, y puedes conseguir no solo los 45 días por año de servicio, sino también los salarios de tramitación de unos 3- 4 meses, con sus cotizaciones. Ante esta perspectiva, lo lógico es que la empresa no se arriegue y consigne la indemnización de los 45 días, o intente llegar a un acuerdo contigo, ofeciéndote una solución intermedia

Si te ha servido, valora y cierra la pregunta.

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