Disculpe... ¿se la han enviado de su empresa por no corresponderle repostar en esa estación de servicio?. ¿La gasolinera se la envía sin motivo?. ¿Puede tener ud datos de tarjetas de puntos premios y por ello con sus datos se condujera a error?
Le adjunto por sistema de copio / pego... lo mas aproximado a su caso... ya que alterar los datos de una factura tienen mas vista en el C. Penal que por la Ley de Protección de Datos, ( que también )... ya que esta última contempla mas los hechos generales no tan solo de manejarlos, sino de hacerlos públicos.
FACTURAS FALSAS
El artículo 390.1 del Código Penal tipifica la conducta de la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, comete falsedad, tal y como hemos dicho anteriormente.
Pues bien, la falsedad documental cometida por particulares en un documento público, oficial o mercantil se regula por el art. 392 del CP. En consecuencia, el particular que se limita a faltar a la verdad en la narración de los hechos consignados en el documento público, oficial o mercantil, cometerá una falsedad no punible por la norma penal. Ahora bien, la jurisprudencia ha matizado el precepto, considerando que, cuando se falte a la verdad en algún o algunos de los extremos de un documento, la conducta no sería penalmente sancionable al encuadrarse en el apartado 4 del artículo. 390 CP. Sin embargo, cuando el documento refleja un acto o realidad inexistente, sí que existe una conducta penalmente sancionable, en cuanto la misma se subsane en el apartado 2 y no en el apartado 4 del referido artículo.
Por tanto, si se detecta la existencia de facturas emitidas en las que se haya falseado alguna de sus partes (destinatario, importe, etc.) pero en las que exista una operación real, no habrá delito de falsedad documental. Sí se podrá apreciar delito cuando las facturas reflejan operaciones inexistentes o simuladas.
El emisor de las facturas falsas, con independencia del delito de falsedad documental, si colabora en la comisión del delito fiscal podrá incurrir también como cooperador necesario en dicho delito.