Hasta donde se, la hoja de encargo se puede firmar incluso después de finalizado el servicio, de hecho a veces se hace así.
Sin embargo, si no hay hoja de encargo previa, puedes impugnar los honorarios por excesivos. De hecho, a mi me lo parecen. Esta mañana lo he comentado precisamente con un compañero abogado y me ha dicho lo mismo, que es demasiado.
Para que te hagas una idea, a pesar de que los honorarios ya no se pueden fijar por el colegio de abogados por lo que ayer te comentaba de que hay libertad en el establecimiento de los precios: la redacción de la papeleta de conciliación estaba tasado en 2009 en Valladolid en un mínimo de 185€ y en el caso de asistencia al acto de conciliación se tasaba a partir de los 125€ y los 185€, según si ganas o no ganas y según la importancia de lo que está en juego. Para que puedas compararlos, te indico también que en los honorarios establecidos por el colegio de abogados de Madrid para el año 2013, en el caso de la redacción de la papeleta de conciliación se fijaba a partir de los 250€ y la asistencia al acto en 200€ si pierdes y 500€ si ganas.
También te digo que estos precios son una referencia, pero a veces son excesivos y hay que rebajarlos y otras veces no son suficientes y hay que elevarlos por la cantidad de trabajo y gestiones asumidas por el abogado.
Mi recomendación es que contactes con otro abogado para que te de otro presupuesto lo antes posible y para que te diga si en el estado en el que está el proceso es posible y conveniente que asuma tu representación. Antes de hacer eso si quieres le puedes decir a tu actual abogado que te has informado y que esos honorarios son excesivos y que te los rebaje.
Si pudieras puntuar mis comentarios te lo agradecería para que así pueda seguir ayudando a más gente.