Prohibición de aparcar en la puerta de mi casa

A la última junta de vecinos no pude ir y a pesar de haberse celebrado en diciembre nos han introducido el acta en el buzón esta mañana. Resulta de que un amable vecino ( no especifican obviamente quién ni la parcela a la que pertenece a pesar de ser una urbanización de más de 1000 viviendas) parece ser que se ha quejado de que aparquemos el coche en nuestra puerta de casa, cómo hace todo el mundo en esta urbanización desde que se creó hace más de 30 años, alegando que como hay un stop un poco más adelante hay peligro de colisión porque tienen que echarse hacia un lado los coches que vienen de frente. El caso es que en toda la urbanización pasa absolutamente lo mismo: es de doble sentido pero al haber coches aparcados cuando viene un coche de frente uno de los dos tiene que apartarse. Con más inri de que en la puerta de mi casa hay un stop con lo cual hay menos peligro porque están parados, en el otro caso los coches están ambos en circulación y es más peligroso. En el acta especifican que han pedido a la policía que ponga toda la zona de la puerta de mi casa hasta 40 metros hacia delante como prohibido parar y estacionar. Es decir que en este caso no podría ni siquiera parar a bajar las bolsas de la compra. ¿Esto es legal? ¿En este caso puedo yo también pedir que en el resto de la urbanización nadie puede aparcar en la puerta de sus casas por peligro de colisión?

3 Respuestas

Respuesta
1

Se sobreentiende que es una urbanización, ya lo dice, es una urbanización de 1000 viviendas.

Aunque después dice que han pedido a la policía...

Usted no dice si figuraba en el acta de la convocatoria, y si de voto cuantos votos tuvo.

La petición a la policía se tiene que votsr si son calles particulares

Respuesta
1

Lo que usted pregunta depende de qué calificación tengan esas vías: si son públicas o pertenecen a la urbanización. Hay que pensar que tratándose de una cantidad tan grande de viviendas estamos hablando de un barrio donde viven miles de personas, y que probablemente sean vías públicas. En ese caso, el asunto sería meramente urbanístico, y ya hay una regulación urbanística que determina el uso de esas calles; posiblemente de doble vía sin aparcamiento. Por lo tanto, su legítima aspiración pasa por hacer una petición muy clara y muy bien redactada, dirigida al Ayuntamiento, para que habilite una sola vía, o que lo organice de conformidad con el plan urbanístico (que seguro que contempla aparcamientos que no se han dotado) y por tanto han de confiarse a un arquitecto urbanista. Pero se puede hacer, y puede salir perfectamente adelante su propuesta, la de usted.

Respuesta

Las leyes de tránsito son muy diferentes en cada municipio. Pero si estás en un esquina es más sabido que hay pros y contras. Ya que tendrás más espacio para estacionar más carros en el perímetro de la casa. Pero si es un área donde es transitable no puedes tener carros en las esquinas y más si estorbas un letrero de tránsito.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas