Custodia compartida , si el menor no quiere . Que se hace?

Tengo un hijo de 11 años de edad de una relación la cual termino hace 8 años. La custodia la tengo yo desde entonces con un convenio regulador de régimen de visitas y manutención.

E recibido una carta en la que el padre de mi hijo me solicita la custodia compartida y el niño se niega a ir con el padre, dice que no quiere que quiere seguir como hasta ahora. ¿Le pueden obligar a irse con el papá?

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Por ampliarle la información que ya le han proporcionado, y desde un punto de vista legal, indicarle ciertas precisiones:

1.- Si ha recibido una carta del padre donde le "ofrece" una modificación de medidas, lo adecuado es contestar por el mismo medio, a fin de no mostrar desinterés por el asunto de cara a un Juez.

2.- Tenga mayor o menor recorrido esa petición del padre en demanda, si él interpone demanda se ha de contestar y formular oposición mediante abogado y procurador en el plazo legal pues, de lo contrario, el procedimiento seguirá adelante igualmente declarándose a usted, en dicho caso, en la situación que se conoce como "rebeldía procesal". Es decir, que entender que la demanda no tendrá recorrido no exime de posicionarse y defenderse en el procedimiento.

3.- En cuanto al menor y su voluntad, si bien es cierto que no tiene edad para manifestarse delante de un juez, sí es cierto que existen medios para hacerle llegar a un juez su voluntad (la del menor), que es importante y que por edad (11 años) ya tiene o debe tener cierta capacidad de discernimiento y madurez como para saber y decidir con comprensión lo que quiere y lo que no.

4.- Aunque bien es cierto que la custodia compartida es, según el Tribunal Supremo, la "regla general", luego hay matices. Así, por ejemplo, los jueces son reacios a concederla cuando existe una mala relación entre los padres (más allá de la "normal" de un matrimonio fracasado), cuando la custodia compartida supondría una alteración desaconsejable para el menor, como cambiar de provincia, de entorno, obligarle a grandes desplazamientos para cumplir las visitas... (aunque recientemente fue noticia una Sentencia que establecía una custodia compartida que obligaba a un menor a desplazarse periódicamente de San Sebastián a Jerez que era un disparate y que fue revocada)..

5.- Igualmente, el hecho de llevar nuestro despacho asuntos de familia en toda España nos permite ver cómo hay ciertas provincias o Comunidades (por ejemplo Cataluña) donde existe mayor tendencia a fijar custodia compartida que en otras (por ejemplo, Andalucía), aunque no deja de ser una tendencia, y que luego hay que atender al caso concreto.

6.- Pasar de una custodia exclusiva (como la actual) a una compartida (la pretendida por el padre) es, en resumidas cuentas, una modificación de medidas definitivas que, por Ley, exige que exista una variación de aquellas medidas que se adoptaron en su día y que hoy se pretenden modificar. Esto es bueno para su caso, pues para que una demanda de modificación de medidas prospere, quien lo pide ha de demostrar que ha existido una variación de las circunstancias y que dicha variación requiere su modificación.

Le invito a que nos contacte en los datos que a continuación le facilito a fin de poder asesorarle y, si lo desea, defenderla en este asunto.

Email: [email protected]

Teléfono 951 71 50 41

¡Gracias!  Larios abogados me lo has explicado perfectamente , has aclarado mis dudas y me has tranmitido gran confianza en tu conocimiento, te estoy profundamente agradecida de invertir su tiempo en contestarme y aclarar mis dudas, pero en mi caso y sintiéndolo en el alma mi situación económica me obliga a solicitar un abogado de oficio ya que no me puedo costear los servicios privados, aunque en su día cuando me separé el convenio si lo redacto una abogada privada ya que en ese momento me lo pude costear. Aún así muchísimas gracias x querer ayudarme y aclararme la situación . Un saludo enorme

y no hay de qué.

No se preocupe, le deseo mucha suerte en ese procedimiento y, para lo que necesite, estamos a su disposición en los datos de contacto que le facilitaba.

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Para que la opinión del menor cuente, tiene que ser mayor de 12 años y con madurez suficiente, si es menor no se suele tener en cuenta. El juez decidirá lo mejor para el interés del menor.

www.divorcio-express.net

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Depende de la legislación, por la edad, puede que el juez decida, aunque parece injusto que un chico de esa edad, no decida, parece poca edad, pero igual se tendría que tener en cuenta, pero es opinión y decisión de los legisladores, te sugiero consultes a un abogado civil, para que te oriente y diga si podes hacer algo, o solo someterte a la decisión del juez, quizás se pueda hacer algo mejor, si se llega a una mediación, por ejemplo. De todos modos, a vos no te lo puede quitar, y con un poco de tiempo más, el chico puede tener más voto en la cuestión. Sds.

Muchísimas gracias Luis opino al igual que tú, el papá hay tardes que no puede venir a a recogerlo  el por  trabajo y se queda conmigo, y fines de semana que le tiene y le tiene que dejar con familiares para trabajar , porque no puede ocuparse de el yo gracias a Dios trabajo de lunes. Viernes de mañana mientras están en el cole y luego puedo atenderlos sin problemas. Le a preguntado al niño un montón de veces de irse con el y el niño le a dicho que no, no por nada solo porque no vivimos en la misma ciudad y el niño tiene su vida echa aquí y claro no quiere. Ya se lo ha echo saber a su padre y aún así él no respeta la decisión del niño y yo no quiero obligarle a hacer algo en contra de su voluntad. A parte de que mi hijo ha tardado en adaptarse socialmente por problemas de conducta y por los que hemos trabajado sus educadores y yo muchísimo y podemos decir que es un niño insertado y ahora está genial y de repente le quieren quitar todo lo que ha conseguido .

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Si entiendo bien del comentario que dejaste al otro experto, ¿el padre no vive en la misma ciudad?

Si es así, a no ser que entre ambas ciudades haya una distancia razonable para que él niño pueda acudir al mismo colegio, cualquier demanda de custodia compartida acabaría en un fracaso.

¡Gracias! Si vive en en una ciudad y yo en un pueblo a unos 15 kilómetros, pero está bien comunicado y son unos 15 minutos lo que se tarda, entonces por este motivo no creo que haya mucho impedimento, aunque hablo desde la ignorancia. Lo mismo l juez también lo tiene en cuenta porque el motivo por el que mi hijo no quiere es porque tiene toda su vida aquí desde que nació, colegio, amigos, deportes, actividades todo. Y claro tenerse que ir un tiempo seguido a donde el papá que no tiene amigos ni nada, que solo está en casa de su padre y no hace otra actividad que salir a sacar al perro y a visitar a los abuelos, entonces ya el niño con 11 años pues dice que no quiere, que podría desplazarse el padre a donde vive el, pero claro el padre no se va a mover de su ciudad. Así que al final la vida que se cambia es la del niño y me parece injusto, ya que yo no me puedo mover de mi pueblo y llevarme al niño a ningún lado si no es por fuerza mayor, para no alejarlo del papa, pero el papá si puede cambiarle la vida del niño para su comodidad . Pues no me parece bien.

Todo lo que cuentas, un juez (y un psicólogo judicial), sin duda lo tendrían en cuenta. Tales factores como que el niño llevaba muchos años viviendo contigo, que tiene sus amigos allí, son muy importantes a la hora de que el juez decida sobre la custodia compartida. El interés del menor siempre es el punto más importante, y si su rutina sería afectada, esto por general no es algo favorable para ell niño (a no ser que en sus condiciones actuales él está mal y un cambio sería muy bienvenido para él). Aparte, si el horario del padre no le permite los fines de semana cuidar de su hijo, también sería un punto negativo para el padre… La mala relación entre ambos progenitores para algunos jueces también puede ser incompatible con la custodia compartida… En fin, yo que tú, pediría cita con un buen abogado de familia, para que te explique qué tendencias hay en tu comunidad, en el juzgado correspondiente, y como deberías de actuar en esta situación.

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