Jubilación anticipada forzosa a los 61 años

Mi empresa cerró el 28 de Febrero de 2012 con despidos objetivos por causas económicas. Ahora cotizo en el convenio especial de la S.Social. Cumplo 61 años el 3 de julio de 2019, habiendo cotizado 35 años y 5 meses. Puedo jubilarme en esa fecha.

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Respuesta

Hay 2 modalidades de jubilación anticipada: la forzosa y la voluntaria.

Creo que, en principio, en su caso no se aplica la forzosa por no contar con 61 años antes de 2013 y por resultar su despido objetivo antes de 2013.

En el supuesto de que solicitara usted la jubilación voluntaria, que considero que será a la que podría acceder:

Para jubilarse de manera anticipada de forma voluntaria tiene usted que tener como mínimo 2 años menos de la edad legal de jubilación, que en dicho año 2019 serían 65 años y 8 meses si tiene menos de 36 años y 9 meses cotizados.

Si tuviese 36 años y 9 meses cotizados en dicha fecha (3 de julio de 2019) bastaría con 65 años y por lo tanto seria suficiente tener 63 años para jubilarse anticipadamente.

Por el contrario, si no cuenta con los 36 años y 9 meses cotizados en julio de 2019 tendría usted que tener al menos 63 años y 8 meses.

Sin ver el resto de documentación no puedo decirle más.

Reciba un cordial saludo.

[email protected]

951 71 50 41

Tenía entendido que tenía que tener 33 años cotizados y ser demandante de empleo durante un plazo mínimo de seis meses previo a la fecha de solicitud de la jubilación.Yo voy a cumplir con esas condiciones

Esos requisitos son los necesarios para aplicar la jubilación anticipada forzosa la cual considero que usted no cumple y a lo cual le respondí en el primer punto de mi contestación.

No obstante, puedo estar evidentemente equivocado, por lo que le invito a que acuda a la Seguridad Social personalmente y se informe.

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