Para el computo de la vida laboral se tienen en cuanta todos los periodos de cotización independientemente del de la seguridad social en el que se haya efectuado la cotización y como a partir de este mismo año los trabajadores de cualquier régimen de la seguridad social se pueden jubilar anticipadamente de forma voluntaria, todos los periodos de cotización se tienen en cuenta para la jubilación anticipada, pero tienes que tener en cuenta que las nuevas condiciones para jubilarse anticipadamente no se van a aplicar de forma inmediata si no que se van a aplicar siguiendo el esquema general de la jubilación ordinaria de la reforma del sistema de pensiones vigente desde el 1 de enero de este mismo año para los que no tengan la carrera laboral completa de los 38 años y 6 meses cotizados, y tengan que jubilarse a los 67 años para lo que se establece un periodo transitorio de 15 años que se inicia en el 2013 y finaliza en el 2027 a razón de un mes por año hasta el 2018 y a partir del 2019 dos meses por año hasta el 2027 hayas completar los años y el periodo de cotización requerido para la jubilación tanto ordinaria a los 67 como la y 37 de cotización como la voluntaria a los 65 y 35 de cotización.. Por lo tanto como tu ya tienes el periodo de cotización completo en cuanto cumplas los 63 años ya puedes solicitar la jubilación anticipada voluntaria.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Un saludo..
http://www.laverdad.es/murcia/v/20130316/economia/gobierno-frena-jubilacion-anticipada-20130316.html
tengo 61 años y 46 años cotizados puedo prejubilarme - Jose Luis