¿Cómo debo declarar en el IRPF por la parte de un piso heredado?

El año pasado falleció mi padre y según su testamento el piso donde vivía se ha dividido en 5 partes de las que un 50% le ha correspondido a mi madre, que actualmente vive en ese piso y el otro 50% se ha dividido a partes iguales entre 4 hermanos en donde yo tengo un 12'5% de participación. El valor catastral del mismo es de 48.769,84€.

¿Cuánto debería de pagar por ese porcentaje de participación en el IRPF?

Respuesta
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En primer lugar habría que determinar es si ese porcentaje de participación corresponde al pleno dominio o a la nuda propiedad. Me explico, puede que según el testamento de tu padre, ese 50 % haya establecido que el usufructo sea para tu madre y que tu y el resto de tus hermanos hayáis heredado la nuda propiedad o bien, lo heredado sea el pleno dominio.

En el primero de los casos, tu madre tendría el 50% en pleno dominio y otro 50% en usufructo, y al ser su vivienda habitual, no tributaria. En tu renta y en la de tus hermanos no deberíais declarar esa vivienda, puesto que lo que tributa es el usufructo, no la nuda propiedad.

En el segundo de los casos, por el cuál vosotros tenéis el pleno dominio (usufructo y nuda propiedad), deberíais tributar por esa vivienda a razón del 1,1 % o 2% sobre el valor catastral de la misma, dependiendo el porcentaje según su valor catastral esté revisado o no, debido a que para vosotros se trata a nivel de renta de una vivienda a disposición de sus titulares, es decir una segunda residencia.

Espero haberte ayudado, cualquier duda más que tengas, házmela saber.

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