Como declarar en IRPF la vivienda

Al fallecer mi padre que tenia gananciales con mi madre, se resolvió de la siguiente manera, mi madre se quedo su 50 % de la vivienda en pleno dominio, mas 1/3 en usufructo del otro 50%. Los 4 hermanos el resto. Por diferentes motivos y posteriormente, 2 hermanos nos quedamos con la parte de los otros 2, y se nos donó la parte de nuda propiedad que tenia nuestra madre.

Quedando la vivienda un 66,66% usufructo la madre

Un 16,66% cada uno de nosotros 2, en pleno dominio mas la nuda del 66,66%

Siendo vivienda habitual de mi madre esta siempre ha declarado el 100% usufructo.

Pero no se si debería declarar un 66,6 y nosotros un 16,66 cada uno.

2 Respuestas

Respuesta
1

Tu madre debería declarar la vivienda poniendo el 50% pleno dominio y 16,67% en usufructo, ajustándose a lo que realmente es, al ser su vivienda habitual, no tributa en irpf. Los otros propietarios deben declararla por la parte que tienen en pleno dominio, el 16,67%, no debiendo tributar por la parte de la nuda propiedad.

¡Gracias! 

Los dos hermanos pueden declarar la parte en propiedad de la vivienda como "vivienda a disposición de sus titulares" o en todo caso, como "vivienda arrendada a familiares". En cualquiera de los dos casos tributaria igual, el 1,1% o 2% sobre el valor catastral dependiendo si dicho valor está revisado o no.

Respuesta

Teóricamente su madre les debería pagar un alquiler por ese porcentaje de usufructo que ostentan, ese alquiler es el que debían declarar y el que la AEAT le puede imputar, si no lo declaran.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas