Me aplican una depreciación en el valor de la ropa dañada en un accidente.
Si no estoy equivocado; por favor corregirme en tal caso, yo entiendo que, dentro del seguro que se tenga contratado con la compañía, existan unas limitaciones y unas depreciaciones por desgaste que vengan contenidas en la póliza; pero si del accidente es responsable el otro vehículo, yo no tengo ningún convenio con él y me tiene que pagar los daños, independientemente de las tablas de valoración que tengan los seguros para sus clientes.
Pues bien, hace unos meses tuve un accidente con la moto y, a consecuencia de arrastrarme por el asfalto, aparte de las lesiones, se han roto la chaqueta, el pantalón y las botas. He tenido que comprar las tres cosas porque el estado no las hacía reparables. El caso es que a mi me gustaba mi ropa y estaba en perfectas condiciones, aunque tenía ya dos o tres años, porque cojo poco la moto y no estaba ni a medio uso.
Sin embargo, la compañía contraria me resta un 50% del valor de la ropa que he comprado como consecuencia de la depreciación por el uso.
Quisiera saber si, sin ser mi aseguradora, tiene derecho a eso, pues yo me he visto obligado a comprar ropa nueva que no es ni mejor ni peor que la que llevaba, pero que no tenía yo la necesidad de sufrir ese gasto si no hubiera sufrido el accidente, con lo que, además de víctima, tengo que poner dinero. Y si no tiene derecho, en qué ley o sentencia me puedo basar para advertirle a la aseguradora que si no se ajusta a los gastos la voy a demandar.