Hola.
Gracias por la prontitud en tu respuesta. Muy amable.
Solo una duda....
He leído en un foro que NO hay que pagar nada, pero si que hay que añadir ese terreno en la declaración....
Dice: (Es un documento del 2014)
Los solares se consideran bienes inmuebles no afectos a actividades económicas por tanto debes tributar por él (durante todos los años que sea de tu propiedad) en las casillas 061-085 Pag 4(I). Para incluirlo debes abrir el desplegable de la casilla 061, y al tratarse de un solar saber si es urbano o rústico, y lo demás todo similar a si fuera un piso o una casa, es decir, poner la titularidad, a disposición de sus titulares, la referencia catastral... y en la renta imputada el valor catastral.
Nuevamente te doy las gracias por todo.
SALUDOS