Cerramiento de terrazas y convertir puerta en ventana

Hace unos meses compre una vivienda en la que, por lo visto se realizó hace tiempo una serie de cerramientos, posiblemente en 1997 por la fecha que pone en las ventanas. A uno de esos cerramientos da una ventana (que antes daba al exterior, pero al cerrarse da a la terraza cerrada) y quería convertirla en puerta.
En Urbanismo me han dicho que, al preguntar si hacía falta licencia de obra para lo de convertir en la venta en puerta, lo mismo pueden inspeccionarme que ese cerramiento sea legal (cosa que desconozco) y que si no lo es necesito un arquitecto que presente un estudio de legalidad más otras cosas.
Según he leído si después de cierto tiempo el cerramiento ya es legal por lo que no he de presentar ningún estudio ni nada de eso, ¿es así? ¿O qué es lo que se puede hacer en este caso? ¿Al cuánto tiempo se convierte en legal? ¿Cuál puede ser la sanción por lo del cerramiento?
Me gustaría hacer lo de la ventana en puerta legalmente pero al presentar el permiso dicen que me sacarán a relucir lo del cerramiento ¿qué sanción tiene lo de convertir la ventana en puerta sin licencia? Más que nada porque si sale a relucir todo lo del cerramiento lo de la ventana en puerta me puede salir por miles de euros...

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En el ayuntamiento prescribe a los cuatro años

No se si su vivienda esta en una comunidad, si es así, necesita permiso de la vomunidad

Muchas gracias por tu respuesta, Lorenzo.

Efectivamente, la vivienda está en una comunidad. ¿Necesito permiso de la comunidad para convertir la ventana en puerta? No es nada exterior ni nada, al hacer hace tiempo el cerramiento la ventana que se va a convertir en puerta ya está en el interior de la casa.

Por otro lado, ¿cómo puedo demostrar que se ha realizado el cerramiento hace más de 4 años? El estado lo demuestra pero lo mismo no es suficiente. Lo digo porque si pido la licencia de la puerta va a salir a relucir todo.

Además... ¿ya no me pueden pedir demolerlo y volver a como estaba antes?

Mil gracias!

Perdone usted, no se a donde dará la ventana, pero todas las ventanas son comunitarias, aunque sea suya la propiedad.

¿Realmente la ventana donde esta? ¿Da a un patio?

Usted mismo indica que en las ventanas pone 1997

Por lo que entiendo esa ventana esta en una terraza que se cerro en su día, y que es la ventana de una habitación que da a la terraza.

También así es comunitaria y para evitsr problemas necesita la autorización de 3/5

Pero como esta oculta, bien podría no darse cuenta la comunidad.

En esta página vera que a los cinco años caduca las relaciones jurídicas

http://www.arpa.es/index.php/ES/inicio/114-josetta/circulares-y-publicaciones/circulares/645-codigo-civil-art-1964-comentarios-acerca-de-la-ley-42-2015

Buenas, de nuevo muchas gracias por su tiempo y su contestación.

Veamos a ver si puedo expresar bien la localización de la ventana. Por lo visto antes había una pequeña terracita (es un piso 14) y se decidió cerrar (todos los vecinos de los 15 pisos lo han hecho). A esa terracita daba una puerta, que daba a la cocina, y una ventana que daba a una habitación. Pues este esta última ventana la que quiero convertir en puerta para poder acceder a esa terracita ya cerrada y ganada a la cocina, no sé si me explico correctamente. ¿También necesita ser comunicado a la comunidad? ¿Y en caso afirmativo, habría que esperar a la siguiente junta de vecinos o como se procedería?

El enlace que me adjunta redirige a la web de Arpa pero a la página principal, no a una circular.

Mil gracias, Lorenzo!

Un abrazo

Ah! se me olvidaba, creo que pone 1997 en las ventanas DE LOS CERRAMIENTOS, no en la que da al cerramiento jeje.

En la imagen que adjunto se ve lo que correspondería al cerramiento (donde esta la mesita, junto a las ventanas que entra luz) y la ventana que esta con los visillos es la que quiero convertir en puerta.

Gracias!

Lo que le indique anteriormente. La ventana y el tabique que da a la terraza es zona común.

Lo normal es pedir que en próxima junta se trate su tema de transformar ventana en puerta.

Lo que pasa qué muchas personas por desconocimiento o por que no quieren, no solucitan el permiso. Eso es algo que usted deberá decidir. Yo le informo lo que indica la ley.

De nuevo muchas gracias por su contestación.

Hablaré con la Comunidad para ver que me dicen al respecto, he preguntado al anterior dueño y por lo visto los vecinos de arriban lo han abierto sin pedir permiso ni nada.

Solo unas últimas cuestiones:

- ¿El cerramiento, al ser realizado en el 97 ya ha prescrito y no me pueden "denunciar" o multar el Ayuntamiento? ¿No habría que informarlo para legalizarlo?
- ¿Cuánto puede ser la multa por no informar de la conversión de ventana a puerta?

Gracias de nuevo y un saludo!

A los cinco años prescribre los problemas de no permiso con el ayuntamuento

Es lo que pasa siempre cada uno hace lo que le viene en gana, luego vienen los problemas,

Como esa ventana no va a darse cuenta nadie, pues di lo cree oportuno no diga nada. Pero

Ya le he indicado lo que indica la ley, a partir de ahi usted valore

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