¿Puede un medio público facilitar información privada sin mi consentimiento?

Soy periodista, y escribo para una web privada. Hoy he pedido una acreditación para cubrir un evento a la televisión pública de mi país. Dicho e-mail se resumía en que les decía: "trabajo en tal web pero me gustaría recibir una acreditación para cubrirlo por mi cuenta".

Pues bien, este ente público me ha contestado lo siguiente: "el medio para el que trabaja ya tiene una acreditación y citamos al director de su web para que lea este mensaje". Es decir, la cadena pública a la que le escribí un correo privado, me ha respondido, citando lo que yo escribí, y mandándolo también a mi jefe sin mi consentimiento.

Ahora, este ente público, al enviarle mi mensaje a mi jefe, me ha metido en un problema y temo por mi puesto de trabajo. ¿Esto es denunciable? ¿Qué delitos (si existen) está cometiendo y qué podría hacer para ponerlo en manos de la justicia?

3 Respuestas

Respuesta

Para saber si hay o no responsabilidad, hay que conocer las normas que regulan la protección de datos en tu país y la jurisprudencia, esto es de cajón. Si fuese en España, en un principio, no habría ningún tipo de infracción a la Ley de Protección de datos. Se trata de una conversación entre dos personas que se da a conocer a un tercero que resulta ser tu jefe, y al que no se revela ningún dato personal que no deba darse a conocer, cosa distinta es que la conversación la hubiese dado a conocer un tercero que no hubiese participado en ella.

Hola. Ante todo, gracias por tu respuesta. Sí, se trata de España. Entonces, si bien tengo entendido en este mensaje ¿Cualquier persona puede facilitar a otra el contenido de un mensaje de otro? Porque técnicamente es lo que ha hecho esta empresa conmigo, pasándole el mensaje del correo a mi jefe sin yo indicar el correo de él.

¿Cualquier persona puede facilitar a otra el contenido de un mensaje de otro? . No, cualquier persona no, debe de ser alguien al que tú se lo has enviado, otra cosa es que dentro de ese mensaje hayan datos personales que deban de ser protegidos porque atentan contra tu intimidad, art. 18.1 de la Constitución. En tu caso hay una comunicación entre dos personas, y una de ellas revela a terceros ajenos esa comunicación y el contenido que le has enviado, con ello estás legitimando para que pueda hacer uso de ella, salvo que por diversas circunstancia tenga obligación previa de secreto laboral o profesional.  No hay secreto al respecto no hay secreto para aquél a quien la comunicación se dirige, STC 29 noviembre 114/1984. http://hj.tribunalconstitucional.es/eu/Resolucion/Show/367 

No obstante y antes de meterte en camisas de 11 varas, para quedarte más tranquilidad, puedes dirigir una consulta al http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php

Respuesta

Sería punible si un tercero ajeno a emisor o receptor interviniese la comunicación y lo hiciese público, pero en este caso el que ha hecho público el contenido del mensaje es parte de la conversación vía mail.

Que no es éticamente correcto, nunca se sabe, hay múltiples variables. Pero que es legalmente correcto, si.

Creo que vas a tener que enfrentar las consecuencias.

Respuesta
-1

Tal como lo describes no hay delito en ello.

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