Un email se puede considerar contrato privado

Hice una pregunta sobre una promesa de donación que me han hecho pero que han revocado porque económicamente no puede mantenerse a sí mismo si hace la donación. E dijeron que la puedo reclamar si hay contrato de por medio, pero luego desactivó las respuestas.

La promesa de donación se hizo mediante mail, pero no tiene formato de contrato ni va firmado, simplemente pone que me promete regalarme un bien inmueble, sin contrato.

¿Ese mail se puede considerar contrato? No hubo respuesta por mi parte aceptando directamente la donación

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Ese mail carece de la menor trascendencia jurídica. De ninguna manera puede con ello reclamar la propiedad de un bien (y menos inmueble, que requiere escritura pública) con una manifestación que está considerada como "de cortesía" en el mejor de los casos. La donación es un acto de liberalidad, espontáneo y generoso, que se concibe en concepto de premio por el comportamiento de una persona o su vinculación afectiva con el donante. Por tanto, no busca contrapartida alguna; pero la promesa de donación es el pago de un precio. Se usa poco, mayormente para incluirla en una liquidación matrimonial (como yo me quedo con esto, te haré una donación de aquello), pero ni en ese caso podría usted hacer valer el mail o lo que haya dicho el donante. Además, ya le han dicho que esa donación pondría en riesgo económico al propio donante (nada más lejos de la idea de donación) y por tanto no es cosa de que usted se obstine en que esa persona sea compelida a regalarle un bien inmueble.

Muchas gracias. Es que alguna decían que si se podía demostrar la promesa que si que se podía reclamar ante jizgado, otro que con contrato y otro que con la simple promesa no. Claramente gana el no. Muchas gracias

Acabo de ver que esa misma promesa se ve en una red social, en una conversación ( comentarios de la red social en el tablón), cambia algo?

No es mi intención obligarle pero no se cree que por eso tenga ninguna obligación legal,

NADIE tiene la obligación de donar. Se trata de un acto libre y voluntario, que además puede ser revocado. Decir "Te voy a regalar tal casa" es algo carente de la menor relevancia, aunque fuese publicado en el periódico o colgado en facebook

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