Días de vacaciones si coges un puente

Si me cojo el puente del 1 de mayo, ¿cuenta cómo un día de vacaciones o 3?.

El lunes 30/abril se trabaja, pero martes y miércoles son fiesta.

Respuesta

Si bien es cierto lo que comenta Isabel Rodriguez Vera,

Quisiera hacer una matización, las vacaciones no pueden empezar un día inhábil, es decir, si el día uno es festivo, las vacaciones comienzan a computar desde el día dos.

Sí mismo, si trabaja de lunes a viernes, y termina un viernes, las vacaciones comienzan a contar desde el lunes y no desde el sábado, aunque sean computables en días naturales según convenio.

Es cierto que, si se computa en días naturales cuentan sábado, domingos y festivos. Pero NO pueden comenzar como primer día un sábado, domingo o un festivo. Tal día festivo no puede computarse por ser un descanso que ya habría obtenido sin las vacaciones.

Así pues, el 1 de Mayo no le computaría en ningún caso.

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Dependerá de sus vacaciones se computan en días naturales o días hábiles.

Si son en días naturales, habrá cogido 3 días ahí; si las coge por días hábiles será sólo 1. Revise su contrato y su convenio colectivo, y sabrá cómo calcularlo.

También revise si tiene días de asuntos propios, pues podría gastar uno en lugar de días de vacaciones.

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