El banco le comenta el importe de la comisión de cancelación. Mire en sus escrituras de constitución de hipoteca y confirme que ésta comisión es correcta
Esta comisión se aplica sobre el capital pendiente de amortizar en el momento de la amortización, no sobre el total. Es muy posible que las cancelaciones parciales estén exentas hasta un importe determinado, en ese caso le compensa hacer amortizaciones parciales hasta cancelar el préstamo
Adicionalmente tendrá que soportar los costes de cancelación regístrales de la hipoteca... aunque estos no son muy elevados
No obstante, dados los bajos tipos de interés que existen en el mercado, habría que ver su situación concreta, es posible que no le interese desprenderse de tesorería y guardarla para un momento posterior (ahorro) sacándole una rentabilidad superior al interés financiero que paga por la hipoteca
Si necesita ayuda no dude en contactar conmigo, estaré encantado de ayudarle
Pedro Gómez