¿Cómo se debe comtemplar el coche en la herencia?

Me gustaría que me aclararan la siguiente duda que tengo. Si un coche se compró a nombre de la mujer en un matrimonio, que es en regimen de bienes gananciales, y el marido ha fallacido, ¿se ha de incluir el mismo en la relación de bienes de la herencia?, o ¿Al no estar a nombre del fallecido y no ser preciso el cambio de nombre para el uso del mismo, no es necesario?

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A mi el notario, al redactar el testamento, me dijo que en caso de mi fallecimiento el coche, que está a nombre de mi mujer, no entra en la masa hereditaria. Pero siempre he dudado de que esto sea cierto. Afortunadamente, aun no me he muerto😜

Gracias por la respuesta, agradecería me diesen una respuesta más fundamentada, no me gustaría esperar a que me contestara tu esposa😜

De acuerdo! Yo también estoy interesado en oír una respuesta más fundamentada.

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