Duda sobre pago de una deuda conjunta y solidaria vía penal
Entre 5 personas tenemos una deuda conjunta y solidaria por vía penal de una cuestión de hace más de 15 años que pensaba que había prescrito. Recientemente juzgado nos ha embargado a los que somos solventes parte de las nóminas. Tengo varias dudas sobre el tema:
1) A todos nos solicitan la totalidad de la deuda ¿esto quiere decir que nos van a embargar hasta el momento en que todos hayamos pagado por separado la totalidad de la deuda? Si por ejemplo, si somos solventes 3 de los 5, ¿nos van a embargar a todos hasta que entre todos sumemos la totalidad de la deuda o a todos nos embargan la totalidad y después de abonan las diferencias?
2) Si yo pago más que el resto porque mi nómina es más alta y yo ya había pagado en su momento parte de la deuda, ¿yo después puedo reclamar al resto de deudores que me abonen lo que yo he pagado de más?