Para reclamar por cantidades hay un plazo de 1 año. Debería cuanto antes enviar alguna comunicación fehaciente a la empresa, solicitando le paguen y dándoles un plazo (por ejemplo 15 días) indicando que, de lo contrario, procederá a reclamar a Magistratura de Trabajo. Sepa que, de no hacer caso, puede primero pedir una conciliación amistosa -donde no precisa Abogado-, en el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación, donde de forma oficial citarán a la Empresa. Allí, en el acto de conciliación, pueden llegar a un acuerdo, si dicen que le van a pagar no olvide Vd. que, al entrar en Secretaria tras la celebración de la conciliación, pida que el acuerdo de pago, fecha, etc. quede reflejado en el acta, pues si no lo reflejan y la empresa o su representante no firman ese acuerdo, después igual no cumplen). Y, de no haber acuerdo y no pagarle, con ese acta ya puede denunciar en Magistratura, sea porque han incumplido ó porque la conciliación fué infructuosa, sin avenencia (allí si precisa Abogado, con lo cual puede dirigirse a algún Sindicato). Y todo ello, teniendo en cuenta que llegado Noviembre ya no podría reclamar si le cumple el plazo de 1 año. Así que debería comenzar ya porque de no hacer caso la empresa y tener que solicitar la conciliación previa a la denuncia, sepa que la conciliación igual tardan dos o tres meses en citarles y Noviembre se le echa encima.
Cuanto es la liquidación por renuncia de 6 meses trabajados - Elizabeth Olmos