¿Obligatorio o no Pagar Expediente de Testamentaria a Bankia y NovoBanco?
Intentaré ser claro y ordenado en la exposición del tema.
He hecho esta consulta en varios lugares y la información que he recibido es confusa y a veces contradictoria (aunque a lo mejor es que no he terminado de entender el asunto).
Una amiga de mi madre fallece sin familia y la nombra a ella como ÚNICA heredera.
La masa hereditaria se compone simplemente de una cuenta corriente en Bankia y unos fondos de inversión en NovoBanco (antiguo Espirito Santo).
Solicitamos los documentos exigibles, tanto como para proceder al desbloqueo de cuentas como para presentar el modelo 650 a la Agencia Tributaria y poder liquidar el correspondiente impuesto de sucesiones, a saber: certificado de defunción, registro de actos de última voluntad, así como copia autorizada del último testamento y certificado de posiciones a los bancos. Dichos documentos son aceptados por la Agencia Tributaria y es tramitado de manera correcta el impuesto, no siendo aceptados del mismo modo por las entidades bancarias, ya que, al margen de la aportación de los citados documentos, nos exigen realizar con ellos un expediente de testamentaria (y digo "exigen", porque a mi madre se lo han planteado como requisito sine qua non para poder desbloquear las cuentas y que ella pueda tener acceso a las mismas como ÚNICA heredera). Dichos expedientes suponen un cargo en cuenta de más de 100€ cada uno de ellos (uno por cada expediente llevado a cabo por cada una de las entidades -si llega a estar repartido el dinero en diez bancos, ¿habría qué encargar un expediente por banco con su consiguiente cargo?-) Y la pregunta es la siguiente:
Sin entrar en la legalidad o moralidad del proceder de las entidades (porque ese ya es otro tema que traería cola), ¿existe el modo de que el banco proceda al desbloqueo de cuentas sin tener que pasar por el estrecho aro de tener que firmar ese encargo profesional con cada uno de los bancos? Y si eso es así, ¿Cuál sería el proceder? ¿Existe algún documento firmado ante notario o similar que sirva de modo, digamos "universal", para que una vez presentado en las entidades, éstas no puedan ponerle ni un pero al asunto?
No entiendo cómo es posible que documentos legales que la Agencia Tributaria da por buenos y correctos, las entidades bancarias no consideran suficientes y se nieguen al desbloqueo de cuentas no permitendo el acceso al heredero, obligándolo a previo pago de los honorarios de un gabinete jurídico. ¿Qué es lo que hace NECESARIO un estudio jurídico de la documentación de los originales presentados (incluyendo documentos notariales) para el reparto de la herencia, cuando, tratándose de un ÚNICO heredero, como he mencionado, la Agencia Tributaria no les ha puesto ni una pega?
Planteado el asunto, agradecería que alguien arrojase un poco de luz sobre este asunto, porque está siendo un quebradero de cabeza en nuestra casa y nos gustaría saber cómo proceder para cumplir con la Ley, pero sin vernos obligados a pagar a los bancos más que lo necesario.
Miguel Ángel Mansilla, buenos días. Actualmente me encuentro en que mi padre falleció hace 4 meses y su entidad la tiene en Bankia, somos tres hijas herederas, y tras haber presentado todos los papeles necesarios y pagando a notario, etc, Bankia quiere cobrarnos por el servicio de "TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTE DE TESTAMENTARÍA", servicio el cual no hemos pedido ni solicitado. El caso es que tras leerme todas las condiciones generales de Bankia, el punto de "TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTE DE TESTAMENTARÍA" no se corresponde con la nota N° 14 que usted ha escrito. Este apartado N° 14 correspondería con el apartado "TRAMITACIÓN ESCRITURA DE CANCELACIÓN NOTARIAL DE LA HIPOTECA." ¿Qué podemos hacer? - Cristina Cárceles García
Hola! Muchas gracias por tu comentario, me ayudó mucho. Pero no ha ido bien el asunto. Hoy finalmente fui a Bankia a pedir explicaciones y resulta que cuando mis hermanas y yo fuimos a cerrar la cuenta de mi padre fallecido y a sacar su dinero, nos hicieron firmar en la PDA (no nos dejaron leer los papeles que firmamos porque sino firmabas no se podiyan ver) diciéndonos que para poder cerrarla hacía falta firmar ahí, pero no nos informaron de que lo que firmamos era la tramitación de expediente de testamentaria, ni lo que ello conllevaba, y hoy nos ha dicho que él nos informó de todo, cosa que no era cierta sino no habríamos firmado. Nos han engañado, y ahora no sabemos muy bien qué hacer... - Cristina Cárceles García