Declarar decremento patrimonial por extinción de condominio
4 hermanos que reciben una herencia de un bien valorado en 120.000 €.
Esto supone en principio un condominio al 25% cada uno (valoración 30.000 €. Cada uno).
Pasados unos 10 años se procede a la extinción del condominio mediante compra del bien completo por uno solo de los hermanos.
Sin embargo, la valoración del bien se ha estimado a fecha de hoy en sólo 40.000 €. Total (por pérdida de valor en varios años).
Sin perjuicio de declarar el bien adquirido completo, entiendo que los hermanos (vendedores) tendrán un decremento patrimonial de unos 20.000 € cada uno (sin perjuicio de las anualizaciones que correspondan).
Sin embargo, y esta es la pregunta, dicha pérdida patrimonial, ¿La tiene que declarar también el hermano comprador como pérdida patrimonial?