Declarar decremento patrimonial por extinción de condominio

4 hermanos que reciben una herencia de un bien valorado en 120.000 €.

Esto supone en principio un condominio al 25% cada uno (valoración 30.000 €. Cada uno).

Pasados unos 10 años se procede a la extinción del condominio mediante compra del bien completo por uno solo de los hermanos.

Sin embargo, la valoración del bien se ha estimado a fecha de hoy en sólo 40.000 €. Total (por pérdida de valor en varios años).

Sin perjuicio de declarar el bien adquirido completo, entiendo que los hermanos (vendedores) tendrán un decremento patrimonial de unos 20.000 € cada uno (sin perjuicio de las anualizaciones que correspondan).

Sin embargo, y esta es la pregunta, dicha pérdida patrimonial, ¿La tiene que declarar también el hermano comprador como pérdida patrimonial?

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La extinción de un condominio no supone, en principio una variación patrimonial computable en el IRPF es un supuesto de no sujeción, y no hay tampoco perdida patrimonial computable.

El comprador declarara la renta inmobiliaria imputable si el bien esta a su disposición.

Os dejo este enlace que es completísimo y os orientará:

https://www.garonabogados.es/extincion-de-condominio-problemas-herencias/ 

Un cordial saludo. Ruego valore respuesta.

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