Venta de vivienda en usufructo vitalicio, ¿Mejor forma de hacerlo?

Somos 4 hermanos propietarios de una casa, de las cual mis padres son usofructuarios vitalicios. Por motivos de salud, estamos barajando vender la casa para que mis padres puedan disponer de dinero adicional.

¿Cómo se puede llevar a cabo la venta, es decir, qué pasos habría que seguir? ¿Cuál sería la forma más económica de hacerlo (menos impuestos de transmisiones y ese tipo de cosas).

¿Sería posible p.ej. Que los padres renuncien al usufructo, luego se vende la casa y tras la venta cada hijo dona su parte a los padres para que puedan disponer del dinero?

¿O sería posible hacerlo al revés, que los hijos donen su participación en la vivienda a los padres (rehaciendo la escritura) y ya luego se pone la casa a la venta?

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Tus posibles alternativas me parecen muy costosas en términos fiscales. Yo haría la venta directa en la que deberían de ir todos los que son propietarios de la misma, incluidos los usufructuarios, de tal forma que al final se vende el pleno dominio al futuro adquirente. Luego podéis hacer una donación cada hermano del importe que estime oportuno a sus padres, o bien la totalidad. Por la primera operación se tributa por la diferencia entre el coste de adquisición y la venta. Por la segunda, sería el impuesto de sucesiones y donaciones, y depende de qué comunidad puede ser realmente muy económico, pero siempre hay que hacerlo por transferencia y documentar en escritura notarial. Al ser donación en dinero no hay incremento lucrativo en el IRPF para ningún hermano, por esta segunda operación.

Ruego valore respuesta.

Hola Juan Francisco, 

Muchas gracias por tu respuesta, muy aclaradora - no pensaba que se pudiera vender directamente las dos cosas (la nuda propiedad y el usufructo; sería así, ¿no?).

Lo que comentas de que se tributa por la diferencia entre el coste de la adquisición y la venta, ¿ese impuesto tiene un nombre concreto? ¿dependen también de cada comunidad autónoma?

Y, por último, la comunidad autónoma en cuestión sería la Comunidad Valenciana. ¿Sabes por casualidad qué se pagaría (porcentaje)? 

Muchas gracias otra vez

Claro. Yo estoy en la comunidad Valenciana. En el impuesto de Donaciones, al ser entre padres e hijos, hay una exención técnica de los primeros 100.000 Euros por lo que no hay que pagar salvo que el inmueble valga un huevo nada.

Respecto a la diferencia entre coste de adquisición y venta, obviamente me refiero al IRPF o impuesto de Renta. Tributa entre el 19 y el 23% según la ganancia patrimonial.

Si es posible, ceder o vender el usufructo a otra persona, llámalo como quieras. Esto creo que el notario te lo hará muy sencillamente.

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