¿Puedo escriturar un piso por usucapión?

Hace como 40 años compramos un piso, pero nunca llegamos a escriturar

Ahora nos hace falta escriturar el piso y la persona que nos lo vendió a fallecido y no encontramos a sus herederos

Nos han comentado que la única solución es ir a juzgado para que esté los reclamé.

Es posible escriturar sin tener que hacer eso, por ejemplo por usucapión

Se trata de nuestra vivienda habitual desde hace 40 años

1 respuesta

Respuesta

Sea cual sea el camino que usted elija (usucapión, reanudación del tracto, escrituración del titular si este se niega o no está) el asunto ha de presentarse en el Juzgado, y usted no va a poder inscribir una cosa distinta que un auto judicial, es decir, una resolución adoptada después de probar que, por alguno de esos medios, usted es el propietario o ha llegado a serlo por el transcurso del tiempo.

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