¿Cómo consigo las 8/8 partes de la herencia de la casa?

Mi madre heredó de su madre un inmueble del que actualmente tiene escrituradas 5/8 partes. El resto de cuotas están sin escriturar porque unas eran de sus tíos (que murieron sin hijos y sin hacer testamento) y otra parte de la cuota pertenece a los herederos de otro de los tíos de mi madre cuyos hijos viven en el extranjero hace muchos años (él ya ha fallecido).
Mi pregunta es ¿cómo hacemos para poder escriturar el resto de las cuotas?
¿Tiene algo a su favor que mi madre lleve viviendo en el inmueble más de 30 años y pagando todos los impuestos a su nombre? ¿Se adquiere algún tipo de derecho por ello?
Muchas gracias de antemano.
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2 Respuestas

Respuesta
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Podéis intentarlo a través de la usucapión extraordinaria por el transcurso de esos 30 años en los que ha poseído en concepto de dueño
Podéis formalizar demanda reclamando esa propiedad por usucapión extraordinaria
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Si. Hay una forma de adquisición por prescripción, es decir, por el paso del tiempo. Es un procedimiento complejo, por lo que les recomiendo que acudan a un abogado para que se lo tramite. Deberán vds. acreditar que llevan disfrutando pacíficamente de la totalidad del bien durante esos 30 años, periodo suficiente para esa USUCAPIÓN, que es como se llama la adquisición. El plazo de tiempo es de 20 años entre presentes y de 30 entre ausentes.

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