Como requiriente, ¿Debo aceptar la herencia en el momento de requerir a un 3o en un interpellatio in iure?
En el momento de solicitar un interpellatio in iure, en cierta notaria me han dicho que yo, como requiriente, debo aceptar en ese momento la herencia, y que después se pronuncie la otra parte. ¿Es realmente así, o debemos pronunciarnos los dos a la vez en el mismo acto?
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Respuesta de Sara Cantu