Lo primero de todo te animo a que busques información en tu convenio sectorial, ya que lo que yo te voy a comentar corresponde únicamente a tus derechos como trabajadora y no como camarera (los cuales podrían ser mejores):
1. Como trabajadora tienes mínimo derecho a jornada y media seguida de descanso semanal.
2. Dicho esto, los festivos por lo general son libres y no se trabaja. Ahora, si las necesidades de la empresa lo requieren te pueden hacer ir a trabajar, teniendo derecho a que te paguen un 75% de sueldo más por ese día sino recuperas las horas trabajadas o a un día de descanso equivalente.
Pero insisto, es importante que mires en tu convenio, ya que puede que tengas un criterio favorable para esos días que mencionas, teniendo derecho a un salario extra y demás.