El usufructo también puede embargarse, y depende de la ferocidad del acreedor pueden encontrarse con que así lo hace. En cuanto al testamento de su abuela, puede mejorar a los bisnietos y darles el tercio de mejora, pero no preterir a los hijos en cuanto al tercio de legítima, a no ser que hayan sido desheredados. Por lo tanto, puede ella incluir alguna causa de desheredación y transmitirlo todo a sus descendientes, pero en ese caso no puede constituir usufructo en favor de sus hijos y nietos, puesto que la desheredación es todo o nada. Burlar a los acreedores no es nada fácil en cuestiones hereditarias. Incluso podrían los hijos y nietos renunciar a su porción legítima en favor de los bisnietos, pero la renuncia hecha en fraude de acreedores se puede revertir. La conclusión es que han de ir ustedes a un abogado para que les organice el asunto.
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