Multa de tráfico por hablar con el dispositivo movil

Hoy 16 de agosto 2018, he recibido una multa del ayuntamiento de mi pueblo (diputación), siendo carta certificada (queda constancia que yo la he recibido hoy en mano del cartero)

Una multa por hablar por teléfono mientras conducía, en febrero de 2018 (hace 5 meses justos)

La carta pone que me retiran 3 puntos más la sanción económica y que la fecha máxima para pagarla es hoy 16 de agosto.

Mi pregunta es: yo la quiero recorrer, me parece muy mal que me la manen hoy cuando la fecha máxima para pagarla es hoy. Si no la pago me llegará con recargo en unos meses, ¿qué hago? ¿Se puede pagar y luego recorrer?

Tampoco tengo ninguna prueba conforme conducía yo hablando con el móvil ese día. Ni fotos ni nada, ¿eso se puede pedir?

¿Qué hago?

Respuesta
1

Si paga se entiende que está conforme y no puede recurrir. Habría que averiguar por qué han tardado tanto en notificarle la infracción ¿Tiene usted el domicilio correcto en su documentación?

Dependiendo de la fase en que se encuentra el expediente podrá impugnar la infracción si tiene la seguridad de que ese día no la pudo cometer.

Gracias de antemano pedro. Que hago entonces lo pago ya?  

Como podría averiguar porque han tardado tanto a mandármela?  Es que me parece injusto no gozar de unos días para pensar que hago .

No es fácil que prospere el recurso, a lo mejor es preferible pagar

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas