Calculo intereses juicio verbal ya terminado tras abonarseme el principal, hoy he recibido diligencia de ordenación

Tengo una consulta pues la verdad es que he buscado y rebuscado información por internet sobre como calcular los intereses de un juicio verbal que gané y a la que a la condenada han acabado embargándole el principal 787,90€ y hoy me llegó una carta de que tengo 10 días para pedir la liquidación de intereses y suplidos. Os doy los datos a ver si me podéis ayudar alguien
Fecha de interposición de la demanda 02/09/2014
Fecha sentencia 26/10/2015
Tras un montón de trámites porque se encontraban en rebeldía judicial, les tengo que poner un anuncio en el diario de mi comunidad para notificarles, lo pago el 11/05/2016 , 44,47€ me cuesta
Hay más comunicaciones posteriores, que son para que se les embargue, así, el 25/07/2018 recibo finalmente el dinero mediante transferencia bancaria, pero solo el principal 787,90€. Hoy 28/08/2018 me llega una nueva carta certificada fechada el 20/07/2018 con diligencia de ordenación en la que se me requiere que en 10 días presente intereses y suplidos. ¿Cuánto con los datos que he dado debería pedir de intereses y suplidos?
Hay una web http://www.calculo-intereses.com/#/ que parece adecuada para estos cálculos, supongo que he de ponerle la opción de "interés legal", pues no se especifica que interés exactamente se quería ni en la demanda ni en la sentencia ... ¿es así?

2 respuestas

Respuesta

Si en la sentencia no se especifica la naturaleza de ese interés, debe aplicar el interés legal, esa aplicación le servirá para calcularlo

Respuesta

La persona demandada ha sido embargada en virtud no del procedimiento verbal a que se refiere usted, sino del procedimiento ejecutivo que tuvo lugar tras el impago y precisamente por ello. Por lo tanto, la cantidad reclamada en ese proceso de ejecución debería haber comprendido principal+intereses legales+costas, en cuyo pack ya habría usted incluido los gastos de publicación a que se refiere. Es decir: este juicio por el que le piden que conjugue los intereses no es el juicio donde puede pedir las costas. Los intereses, en este caso, son los que se han devengado desde el momento de la interposición de la demanda EJECUTIVA hasta que se produjo la exacción por el impago, y nada más. Hágalo a tanto alzado y por la cantidad que usted crea más justa; no se preocupe de que se lo puedan impugnar, tiempo tendrá de bajar si es el caso, y pida por "intereses y suplidos de tal a tal fecha" la cantidad de, por ejemplo, 227 euros.

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