Al hacer una pregunta, le aconsejo que exponga toda la situación real.
Si cada vez que contestamos añade más detalles, no estamos dándole la respuesta correcta a su situación. Un pequeño dato, que le puede parecer carente de importancia, puede alterarlo todo.
Ahora con lo que me cuenta, resulta que no es la herencia de su marido, (lo que su marido deja en herencia), si no la herencia de la madre de su marido.
Una gran diferencia.
Respecto al testamento de su madre... decirle que una persona puede hacer muchos testamentos a lo largo de su vida, y cada uno que hace, deja anulado y sin valor al anterior.
¿Cómo será el testamento final? Pues habrá que esperar.
Ahora de nuevo, ma añade otro dato: Que él, tiene dos hijos.
Pues la herencia de la abuela es para esos dos hijos. (El reparto definitivo habrá que verlo en el testamento).
Porque muy posiblemente al haber fallecido su marido, su suegra habrá hecho nuevo testamento. (Es lo normal).
Por otro lado, aunque le correspondiera algo a su marido, ya usted no tiene derecho a nada, pues las herencias son personales y no entran en gananciales y además su marido ha fallecido, con lo cual, su derecho de herencia pasa a sus descendientes.
Lo que a su marido pudiera corresponder, paraq directamente a sus hijos. Usted nada.
Y del disfrute del campo, será lo que le permitan los hijos que pasarán a ser los propietarios.
Ya eso será un consentimiento personal. Pero no derecho legal ninguno.