¿Me pertenece algo de la herencia de mi marido si estoy casada en régimen de gananciales?

Estoy casada de segundas en régimen de gananciales y me gustaría saber si me pertenece algo de la herencia de mi marido...

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Pues de entrada, le pertenece solamente un tercio de su herencia "en usufructo".

Usufructo no es propiedad. Solo es derecho a goce y distrute.

¿Le puede corresponder algo más?

Pues tendrá que ver si dejó o no testamento.

Sin ello, no le puedo ampliar la respuesta.

No tiene testamento echo. Lo que si le puedo decir que la herencia que le pertenece cuando su madre fallezca seria de unos 100.000 euros

A veces (y he conocido varios casos), las herencias "desaparecen".

Usted "supone" que le corresponderán 100.000€. A su marido. Pero todo dependerá lo que tenga en propiedad su madre al fallecer, y de si ella hace o no testamento. Porque puede repartir su herencia de mil maneras.

Me temo que hasta que no fallezca y vea si hay o no testamento, no va a poder contar con nada seguro.

Su madre si tiene testamento echo ya su favor deja eso y otro tanto igual para otro hermano, eso ya esta echo pero el tiene dos hijos que me imagino que será todo para ellos, pero por lo menos espero que me dejen disfrutar el campo que le corresponde a mi marido.

Gracias

Al hacer una pregunta, le aconsejo que exponga toda la situación real.

Si cada vez que contestamos añade más detalles, no estamos dándole la respuesta correcta a su situación. Un pequeño dato, que le puede parecer carente de importancia, puede alterarlo todo.

Ahora con lo que me cuenta, resulta que no es la herencia de su marido, (lo que su marido deja en herencia), si no la herencia de la madre de su marido.

Una gran diferencia.

Respecto al testamento de su madre... decirle que una persona puede hacer muchos testamentos a lo largo de su vida, y cada uno que hace, deja anulado y sin valor al anterior.

¿Cómo será el testamento final? Pues habrá que esperar.

Ahora de nuevo, ma añade otro dato: Que él, tiene dos hijos.

Pues la herencia de la abuela es para esos dos hijos. (El reparto definitivo habrá que verlo en el testamento).

Porque muy posiblemente al haber fallecido su marido, su suegra habrá hecho nuevo testamento. (Es lo normal).

Por otro lado, aunque le correspondiera algo a su marido, ya usted no tiene derecho a nada, pues las herencias son personales y no entran en gananciales y además su marido ha fallecido, con lo cual, su derecho de herencia pasa a sus descendientes.

Lo que a su marido pudiera corresponder, paraq directamente a sus hijos. Usted nada.

Y del disfrute del campo, será lo que le permitan los hijos que pasarán a ser los propietarios.

Ya eso será un consentimiento personal. Pero no derecho legal ninguno.

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